
Tapando el sol con un dedo
Se lograron acuerdos pero no son los que necesitamos. La semana pasada luego de una extensa y extenuante sesión plenaria, la Asamblea Legislativa aprobó dos nuevas «contribuciones»: la especial para la seguridad ciudadana y convivencia, y especial a los grandes contribuyentes para el plan de seguridad ciudadana. Con nombres así, y dada la situación de violencia por la que atraviesa el país, se deduce que en principio sea muy difícil oponerse a estas medidas.
Sin embargo, encierran la creación de nuevos tributos, a pesar de que su nombre sea el de una contribución «he ahí el por qué del uso de comillas en el primer párrafo». No me malinterpreten. La generación de recursos para solucionar la situación de inseguridad es evidente. Pero no solo se necesitan recursos para esto. Existen muchas otras carencias que no podemos dejar de lado. Para esto existen opciones que no han sido exploradas y si se va a crear nuevos impuestos no podemos olvidar el principio de progresividad de que los que tienen más deben aportar más.
Ante la necesidad de buscar nuevas opciones, permítanme darles mi opinión sobre cómo estas propuestas pudieron haber sido más adecuadas.
Sobre el impuesto que afecta la factura de las telecomunicaciones no hay mucha vuelta que dar. En lugar de estar dirigida a los consumidores podría haberse dirigido a las empresas, considerando especialmente que éstas disfrutan de un entorno oligopólico en el que hacen uso de frecuencias de propiedad pública para la transmisión, y sobre las que obtienen ganancias significativas.
Por su parte, la ganancia a las grandes contribuciones es una medida de carácter progresivo y por tanto se aplaude dicho esfuerzo, pero la forma en la que fue formulada no ha sido la mejor. Cuando analizamos el decreto legislativo nos damos cuenta que existen ambigüedades para la interpretación de la Ley. Una es que no se esclarece el período de acumulación de las ganancias netas. En segundo lugar, encontramos evidencia para suponer la existencia de doble tributación, dado que no se establece si este impuesto podrá ser deducible de la base gravable del impuesto sobre la renta. Por tanto, pareciera que tanto dicha contribución, como el ISR tendrán la misma base imponible, por lo que podríamos esperar que en los próximos días se presenten acciones de inconstitucionalidad a dicha medida, similares a las presentadas por el 1% impuesto sobre la renta basada en los activos netos.
Una mejor alternativa hubiera sido realizar una reforma al Artículo 41 de la ley del Impuesto sobre la renta, en donde se podría establecer que las personas jurídicas con rentas gravadas mayores a USD500,000 se les aplicaría una tasa del 35%. Creando de esta manera un tramo más dentro del cobro del impuesto. De esta forma no se podrá alegar inconstitucionalidad y se convertiría en una acción de carácter progresivo respecto al ingreso.
¿Qué otras medidas no han sido exploradas? Un impuesto patrimonial, la supresión de privilegios fiscales injustificados, además de las mejoras de la administración tributaria en el combate de la evasión y en el fortalecimiento de la fiscalidad internacional. Muchas de estas medidas pueden ser aprobadas con la misma cantidad de votos con los que se aprobaron las recientes contribuciones. De esta forma no solo se generarán recursos para solventar la situación de inseguridad, sino que también, brindarán fondos para dar soluciones integrales a los problemas del país, como lo es la atención a la niñez, una mejora en la calidad de cobertura de los servicios de salud y educación y la continuidad de los programas sociales. Pero mientras no se logren estas discusiones seguiremos tapando el sol con un dedo.
Esta columna de opinión se publicó originalmente el 9 de noviembre de 2015 en Diario El Mundo de El Salvador